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Deducción por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo

Publicado en Información de Becas y Ayudas

Desde el 7 de Enero de 2015 se pueden solicitar, a través de Internet o llamando al 901 200 345, el abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y por ascendientes o descendientes discapacitados a cargo, teniendo derecho a percibir 1.200 euros anuales.

Deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo




Normativa

  • Nuevo artículo 81.bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

  • Nuevo artículo 60.bis del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

  • Orden Ministerial Formas de presentación de la solicitud y comunicación de variaciones (Formulario 143)

Supuestos

  • Familia numerosa: 1.200 euros anuales; 2.400 si es familia de categoría especial.

  • Descendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada descendiente.

  • Ascendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada ascendiente.

Requisitos

Beneficiarios: Contribuyentes con derecho a la deducción del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad (artículos 58 y 59 de la LIRPF respectivamente) y los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre, que formen parte de una familia numerosa.

Deben realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la que se esté dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad de carácter alternativo y cotizar durante los plazos mínimos fijados.

Determinación: el último día de cada mes de la condición de familia numersoa y de la situación de discapacidad.

Determinación: cualquier día del mes del cumplimiento del alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

Descripción

Los beneficiarios que reúnan los requisitos previstos legalmente tendrán derecho a una deducción en la cuota diferencia, a partir de la declaración de IRPF 2015.

Cuando dos omás contribuyentes tengan derecho a la aplicación de alguna de las anteriores deducciones respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Las deducciones se calcularán de forma proporcional al número de meses en que se cumplan de forma simultánea los requisitos previstos, y tendrán como límite para cada una, las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad social y Mutualidades devengadas en cada período impositivo.

Si se tuviera derecho a la deducción respecto de varios ascendientes o descendientes con discapacidad, el citado límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos.

Especialidades

  • Se recoge la posibilidad de la tramitación del abono anticipado mensualdeladeducción, mediante transferencia bancaria, previa solicitud a través de la presentación del formulario 143, con las siguientes modalidades:

    1. Colectiva. Deberá presentarse por todos los solicitantes que pudieran tener derecho a la deducción. El abono de la deducción íntegra se efectuará a quien figure como primer solicitante, que deberá cumplir los requisitos en el momento de presentar la solicitud.

    2. Individual. Se abonará a cada solicitante la cantidad que resulte de dividir el importe que proceda, entre el número de contribuyentes que pudieran tener derecho a la deducción.

    En ambos supuestos, los solicitantes deben estar en posesión del título de familia numerosa o de la certificación oficial del grado de discapacidad del descendiente y/o ascendiente.

    Asimismo, los solicitantes y los descendientes y ascendientes con discapacidad, deben disponer de número de identificación fiscal (NIF).

    Las variqaciones que pudieran afectar al abono anticipado o cualquier otra circunstancia que implique incumplimiento de los requisitos, se deberá comunicar a la AEAT en la formas que se determine.

    Si el abono anticipado no se corresponde con el importe de la deducción se deberá regularizar en la declaración correspondiente (los no obligados a declarar deberán efectuar el ingreso del exceso percibido en la forma que se determine).

  • En el caso de dos o más contribuyentes con derecho a alguna de las deducciones respecto a un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa, se contempla la posibilidad de cesión de la totalidad de la deducción a favor de uno de ellos.

    Se tienen en cuenta  los meses en que cualquiera de los beneficiarios cumpla los requisitos, y el cómputo de las cotizaciones  y cuotas de la Seguridad Social  y Mutualidades se realiza de forma conjunta.

    En la modalidad colectiva, se entiende cedida la deducción a favor del primer solicitante.

    En la modalidad individual, la cesión debe constar en las declaraciones de todos los contribuyentes con derecho a la deducción (cedentes no obligados a declarar deberán presentar modelo).

Forma y plazos para solicitar el abono anticipado

Desde el 7 de enero:

  • Por vía electrónica, presentando una solicitud modelo 143 por cada una de las deducciones a que tenga derecho en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria mediante DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.

  • Por teléfono, en el número 901 200 345 aportando el  importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.

Desde el 3 de febrero:

  • Presentando en cualquier oficina de la Agencia Tributaria el formulario que se debe cumplimentar e imprimir desde la página de Internet de la Agencia Tributaria. Una vez impreso lo deben firmar todos los solicitantes.

Recordar que aquellos casos que se adapten a los dos supuestos pueden optar a las dos indistintamente, es decir 1.200 por familia numerosa y 1.200 por discapacidad, 2.400 anuales en total para aquellas familias que cumplan los dos requisitos.

También compatibles con la deducción que perciben actualmente las madres trabajadoras con hijos de 0 a 3 años.

 

Adcede al Trámite: 

Procedimiento Modelo 143. IRPF. Abono anticipado deducciones de familia numerosa y discapacidad.

Teneís toda la información en la Agencia Tributaria pinchando en este link:

Deducción por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo

Fuente: Agencia Tributaria

 

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